Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Cambian el destino de los vinos adulterados, aguados, manipulados, en infracción o averiados

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) consideró que estos productos tengan un nuevo uso. Antes eran usados para crear desinfectantes para el coronavirus.

Los vinos y alcoholes “adulterados”, “aguados”, “manipulados”, “en infracción” y los “productos averiados” ya no serán utilizados para elaborar productos desinfectantes con fines de la pandemia de coronavirus. Así lo determinó este lunes el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) a partir de la Resolución 6/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

El organismo nacional dio de baja a tres resoluciones de marzo y abril de 2020 que establecían que en forma excepcional y transitoria por el término que dure la emergencia sanitaria de Covid-19, los productos calificados en forma definitiva como “adulterados”, “aguados”, “manipulados”, “en infracción” y/ “averiados” podían se utilizados con fines benéficos y solidarios.

Según argumentaron en la normativa firmada por Martín Hinojosa, presidente del INV, el organismo ya cuenta con los stocks suficientes para abastecer los requerimientos solidarios. “Este Instituto cuenta con suficiente stock remanente de alcohol etílico para ser entregado en forma benéfica y solidaria, en caso de ser solicitado por alguna entidad, con el fin de hacer frente a posibles usos del mismo como desinfectante”, explicaron.

Asimismo, expresaron que “algunos establecimientos dedicados a la fabricación de productos derivados de la industria vitivinícola, han solicitado la liberación de los productos intervenidos para ser utilizados como materia prima en su producción”.

Es así que la Dirección Nacional de Fiscalización, la Dirección General Técnica Administrativa y la Coordinación de Asuntos Jurídicos, cuyos máximos responsables forman parte del denominado Comité de Crisis, han tomado la intervención de su competencia y se derogaron las Resoluciones RESOL-2020-15-APN-INV#MAGYP de fecha 21 de marzo de 2020, RESOL-2020-17-APN-INV#MAGYP y RESOL-2020-18-APN-INV#MAGYP ambas de fecha 1 de abril de 2020.

 

FUENTE: LOSANDES.COM.AR

Queremos conocer tu opinión
Tu opinión es muy valiosa para nosotros y queremos conocerla. Por eso, te pedimos que contestes el siguiente formulario.
 

COMPARTIR

Compartir
Twitter
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

NOTICIAS RELACIONADAS

Últimas Noticias

Noticias por Categoría

COMPRAMOS

MOSTO

DE TODAS LAS CLASES Y CALIDADES

× ¡Escribinos!