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Prorrogan hasta el 22 de junio la registración de contratos de compraventa de uva

Así lo difundió la Dirección de Fiscalización y Control luego de la publicación en el Boletín Oficial.

El Ministerio de Economía y Energía, a través de la Dirección de Fiscalización y Control, prorrogó hasta el 22 de junio la presentación de contratos de compraventa de uva.

Desde diciembre de 2018 es ley el Registro de Contratos de Compraventa de Productos Agrícolas. La norma representa una garantía para el productor en cuanto al acuerdo de precios y formas de pago al entregar la mercadería, ya que antes de la sanción solo existían registros que funcionaban a modo de sistema estadístico.

Además de ser una herramienta legal para la comercialización de productos, el Registro Obligatorio de Contrato permite al productor presentar el documento de compraventa firmado por las partes como garantía propia para encarar inversiones en entidades financieras como Cuyo Aval, Mendoza Fiduciaria o el Fondo para la Transformación y el Crecimiento.

Mediante la Resolución 325/22, la Dirección de Fiscalización y Control resolvió prorrogar la fecha de registración de contratos de compraventa de uva hasta el 22 de junio.

Detalles de la norma legal

La Ley 9.33, en su artículo 1°, establece: “Los contratos que tengan por objeto la compraventa de productos agrícolas, cuyo uso o destino final sea su entrega a establecimientos agroindustriales de la provincia de Mendoza, serán de registración obligatoria”.

A partir de esta reglamentación, el establecimiento receptor debe inscribir ante la Dirección de Fiscalización y Control el contrato de compraventa de productos agrícolas antes del primer ingreso de la materia prima. En el caso de la uva, el Decreto 731/22 estableció como fecha límite el 15 de junio, pero debido a la facultad que posee la dirección para modificar esa fecha, el plazo se extendió 7 días.

En caso de incumplimientos en la omisión de la inscripción de contratos, los establecimientos serán sancionados con multas de 5% del valor acordado en el contrato cuya inscripción se omitió. También podrá disponerse la clausura del establecimiento incumplidor, en caso de reincidencia. Respecto de la uva, se prevé además la sanción de inmovilización de vinos y/o paralización de trámites administrativos.

Los establecimientos que registren sanciones no podrán acceder a subsidios, créditos de fomento y/o beneficios que provengan de fondos públicos provinciales.

 

FUENTE: GOBIERNO DE MENDOZA

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