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El INV fijó los grados alcohólicos para los vinos de la cosecha 2025

 

Desde el 1° de junio podrán comercializarse los vinos genéricos producidos este año. Mendoza y San Juan presentan diferencias mínimas en los valores establecidos.

 

 

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) publicó la Resolución 14/2025, mediante la cual establece los límites mínimos de graduación alcohólica para los vinos genéricos elaborados con uvas de la cosecha 2025, liberando así su venta al público a partir del 1° de junio.

La normativa, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, no aplica a los vinos varietales, quedando limitada exclusivamente a los vinos genéricos, según aclara expresamente el organismo.

En el documento se detalla: “Fíjase para los vinos Cosecha 2025, unificados con remanentes de elaboraciones anteriores que se liberen al consumo a partir del 1 de junio del corriente año, los siguientes límites mínimos de tenor alcohólico real», con las siguientes especificaciones por provincia:

 

Para Mendoza:

  • Vinos Blancos: 12,5 % v/v
  • Vinos Tintos: 12,6 % v/v
  • Vinos Rosados: 12,7 % v/v

Para San Juan:

  • Vinos Blancos: 12,7 % v/v
  • Vinos Tintos: 12,6 % v/v
  • Vinos Rosados: 12,7 % v/v

 

El INV precisó que el grado alcohólico definido corresponde al alcohol real, es decir, al contenido presente en el vino determinado mediante el método oficial, sin considerar el alcohol potencial derivado de los azúcares reductores aún no fermentados.

 

 

Asimismo, los establecimientos que elaboren vinos con uvas de la cosecha 2025 podrán solicitar de forma anticipada los Análisis de Libre Circulación, lo que les permitirá comenzar con los despachos comerciales desde el primer día de junio. También se habilita la comercialización conjunta con remanentes de la cosecha 2024, siempre que los productos cumplan con los niveles mínimos fijados.

La normativa establece un plazo de 30 días para el despacho de los vinos de la cosecha anterior que ya habían sido liberados, contados desde la fecha de publicación de la resolución.

Finalmente, el organismo recordó que es competencia del INV regular técnicamente la producción, industria y comercio vitivinícola, incluyendo la definición de límites normales de composición de los vinos.

 

 

 

 

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