La ley protege los intereses de los productores, pero los industriales, tras cinco años de vigencia, estiman que es inconstitucional.
Las multas por infracción a la ley de registro de contratos de compra venta de productos agrícolas desencadenó una batalla legal entre el sector empresario y el gobierno mendocino que comenzó a librarse en los tribunales.
Desde que se abrió el periodo de control en 2022 (fines de abril) hasta ahora la Dirección de Fiscalización y Control, dependiente de la subsecretaría de Industria, labró 118 multas. Son 81 el año pasado y 37 en lo que va del 2023 pero correspondientes al ciclo productivo del año pasado. Vale recordar que es un cifra chica si se lo compara con los más 8.500 contratos que confeccionan anualmente.
Sin embargo, para los empresarios es una ley inconstitucional, en tanto, desde el Gobierno aseguran que protege los intereses del eslabón de la cadena más débil, el productor.
Lo concreto es que, así como se expidieron las infracciones, los dolientes no solo adelantaron el rechazo al pago, sino que además acudieron a la Justicia. El fin que persiguen es echar abajo la norma a la que consideran inconstitucional, del primero al último artículo.
“La ley hay que derogarla y va a ser en la Legislatura o va a ser en la Corte”, sentenció Germán Perón, presidente de la pulpera Fénix en General Alvear.
LA LEY QUE DESATÓ LA GUERRA
La ley 9.331 que regula las relaciones de compra y venta entre los productores agrícolas y el sector industrial fue sancionada en diciembre de 2018 para poner blanco sobre negro en los negocios vinculados a la uva pero terminó rigiendo los destinos de todos los productos agrícolas (frutas, verduras y hortalizas).
La legislación obliga a celebrar un contrato entre el productor y el industrial en el que figure obligatoriamente el precio del producto, la forma de pago, calidad del producto y la cláusula de ajuste en los casos que los plazos de pago superen los 90 días desde la entrega del producto.
La obligación de registrar el convenio recae en el empresario y ante el incumplimiento, está previsto que la multa sea equivalente al 5% del monto total del contrato que fue omitido o no registrado dentro de los tiempos estipulados que varía según el avance de la cosecha de cada producto. No es lo mismo el durazno que la ciruela, el ajo o la aceituna.
MULTAS MILLONARIAS
En los últimos días comenzaron a sentirse los reclamos, cada vez más fuertes, del sector empresario, al recibir multas siderales.
Según consignaron desde las empresas, en algunos casos las infracciones rondaron los $3.000.000, pero en otros fueron sumas de $ 30.000.000, como en el caso de Fénix.
“Esta ley es para que al productor se le respete el precio de la fruta, pero ya arrancas con un problema porque vos no sabes cuántos kilos te va a entregar”, lanzó Germán Perón.
El titular de Fénix aseguró que la norma no tiene otro fin que recaudar porque “rápidamente le encontraron la beta y hay que pagar el 5% de sellos sobre el contrato”.
En el caso particular de la pulpera contaron: “El año pasado trabajamos mayo y junio casi exclusivamente con fruta de Río Negro, aunque también con alguna de Mendoza, presentamos esos contratos y nos llegó la multa porque los documentos están fuera de términos. La fecha límite era hasta el 30 de abril”, comentó Perón.
“Esta ley no tiene racionalidad, no respeta los procesos productivos y lo único que hace es obligarte a dejar de trabajar. De hecho, este año paramos la planta la semana pasada porque no queremos más problemas”, agregó.
Siguiendo la línea de algunas empresas mendocinas, Fénix también acudió a la justicia. “Cuando nos llegó la multa iniciamos el juicio porque tenemos toda la documentación y entendemos que la ley está mal, que es inconstitucional y solo está para recaudar. Las otras empresas ya están en proceso avanzado de juicio”, afirmó el industrial y luego remató: “No hay que modificar la ley, la ley hay que derogarla y va a ser en la Legislatura o va a ser en la Corte”.
Raul Giordano presidente de la Cámara de Fruta industrializada de Mendoza (Cafim) aseguró que “hay empresas que han tenido multas de 100 millones de pesos”. “Ninguna las va a pagar y todas las han judicializado, han presentado amparos, han presentado un montón de recursos administrativos legales para que esto no se cumpla”, advirtió.
“Cómo le decimos a un productor de Neuquén que tiene que hacer un contrato que básicamente diga que me va a entregar tantos kilos de fruta a tal precio, que firme y que lo hagamos sellar por la Bolsa de Comercio que tiene también un aforo. A él qué le interesa si es una ley de Mendoza”, dijo Giordano, y agregó: “Tenemos que hacer todo eso y para colmo bancarnos de que al estar fuera de fecha está la posibilidad de que tengamos una multa y más que onerosa”.
El presidente de Cafim aseguró que la situación tal como está planteada es insostenible y que “ya hay varias empresas que han dejado de funcionar en Mendoza y se han ido a San Juan y llevándose materia prima de acá”.
“El Gobierno debe tomar cartas en el asunto porque cuando una ley pierde el objeto para la cual se ha hecho, hay que revisarla y si hay que sacarla o si hay que modificar, hay que hacerlo y tienen que estar los partícipes, los que van a ser afectados”, sumó.
LA LEY ES PARA PROTEGER AL PRODUCTOR
José Cortez, director de Fiscalización y Control de la subsecretaría de Industria de Mendoza sostuvo que “aproximadamente hay unas 900 empresas involucradas” y dejó entrever que no entiende porque ahora, a cinco años de la sanción de la ley 9.331 se genera tanto revuelo.
“En promedio se labran unas 40 multas anuales” con lo que “el nivel de incumplimiento en términos generales alcanza a un 5%, En general la industria cumple con la ley adecuadamente”, afirmó.
El director de Fiscalización sostuvo que “el organismo ya tiene una mirada condescendiente con la industria. Nosotros no estamos en la puerta verificando todo lo que entra, aunque la ley nos da esa potestad. Porque la ley dice que tiene que estar registrado el contrato antes de que ingrese la materia prima” ya que el periodo de controles comienzan una vez finalizado el tiempo establecido para registrar los contratos.
“Si tomamos la uva, hay tiempo hasta el 15 de junio, entonces ahora deben estar registrando los contratos de uva que entraron a la bodega en febrero y lo están haciendo el tiempo y forma”, se explayó
Cortez explicó que los tiempos límites para presentar la documentación son de acuerdo a la información que aporta el IDR y aclaró que si la materia prima procede de otra provincia, no es preciso presentar ningún contrato, solo se requiere la factura de compra y el Documento de Tránsito Vegetal (DTV) que otorga el Senasa, para acreditarlo.
“Si no puedo demostrar que compré afuera, entonces no compré afuera. Para nosotros simplemente tiene una cantidad de producto, si es de adentro (Mendoza) tiene que presentar el contrato con los productores, si es de afuera tiene que presentar la documentación que lo demuestre. Si no la presenta está en infracción, es simple”, remarcó el funcionario.
FUENTE: LOSANDES.COM.AR